OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA COMUNES


 

FRACCIÓN XIX – SERVICIOS QUE OFRECEN SEÑALANDO LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A ELLOS

Descripción: En cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar la información necesaria para que los particulares conozcan y gocen de los servicios públicos que prestan, tratándose tanto de aquellas actividades realizadas por la administración pública para satisfacer necesidades de la población, como las que realicen los sujetos obligados que no formen parte de la Administración Pública, pero que involucren el uso de recursos públicos.

Asimismo, se deberán incluir los servicios que los sujetos obligados brindan en materia de acceso a la información y protección de datos personales, tales como la orientación y asesoría para ejercer los derechos de acceso a la información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales que todo sujeto obligado debe proporcionar.

La información publicada deberá corresponder y en su caso vincular al catálogo, manual o sistema electrónico de trámites y servicios de cada sujeto obligado; así mismo deberá guardar correspondencia con la fracción XX (trámites) del artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.


FRACCIÓN XIX - SERVICIOS OFRECIDOS
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