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En este espacio encontrarás información pública obligatoria que de acuerdo a lo que establece en sus artículos 7°, 8° y 9° la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur. Las Entidades Gubernamentales y de Interés Público, con excepción de la clasificada como reservada o confidencial, tienen la obligación de poner a disposición del público y mantener actualizada la información pública.
Las Entidades Gubernamentales y de Interés Público a que se refiere la presente Ley, con excepción de la reservada o confidencial, tienen la obligación de poner a disposición del público y mantener actualizada la información pública.
Mostrar InformaciónTratándose de concesiones, permisos, licencias, o autorizaciones a particulares, la información deberá precisar.
Mostrar InformaciónTratándose de obra pública, adquisiciones, arrendamientos y demás actos contemplados en la Ley con contratación directa, que ejecute cualquier órgano público y contenida en los presupuestos de egresos, la información deberá precisar...
Mostrar InformaciónTratándose de obra pública, adquisiciones, arrendamientos y demás actos contemplados en la Ley con contratación directa, que ejecute cualquier órgano público y contenida en los presupuestos de egresos, la información deberá precisar...
Mostrar InformaciónLa información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el consejo.
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