OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA COMUNES


FRACCIÓN XVI – LA INFORMACIÓN CURRICULAR DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS

Descripción: Los sujetos obligados publicarán la información curricular no confidencial relacionada con todas las personas servidoras públicas o personas que desempeñen actualmente un empleo, cargo o comisión y ejerzan actos de autoridad en el sujeto obligado desde el nivel de jefatura de departamento o equivalente y hasta la persona titular del sujeto obligado, que permita conocer su trayectoria en el ámbito laboral y escolar, de conformidad con la normatividad aplicable.


FRACCIÓN XVI-INFORMACIÓN CURRICULAR DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
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